jueves, 7 de abril de 2011

LEY LLERAS DE DERECHOS DE AUTOR

INTERNET O PAPEL 
















Foto de Dmitri Popov           Estamos asistiendo desde hace dos días a un nuevo episodio de arrogancia legal y confusión conceptual en la redacción y presentación de la nueva ley que “regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en internet”.


Este documento redactado en su totalidad por personas pertenecientes al mundo de la reglamentación y protección de derechos de autor, bajo la autoria de las grandes productoras fonográficas,  productoras y distribuidoras de cine; es la reglamentación mas retrograda y nociva que a autoridad alguna se le pudiese ocurrir.


La norma penaliza toda acción que utilice enlaces a documentos PDF, artículos de periódicos, revistas y todo material que pueda estar protegido por el copy Right. También condena a quienes almacenen distribuyan y compartan material protegido por derechos de autor, no importa que sea un ciudadano del común; obliga a las compañías prestadoras del servicio a realizar periódicas revisiones sin orden judicial ; y reglamenta sanciones que van desde la desconexión del servicio de Internet hasta las de carácter penal .


Es de tal magnitud el problema que como lo expresa el abogado Iván Vargas experto en normas de protección de derechos de autor, que para publicar información en un blog hay que cumplir estas tres reglas fundamentales.


1- No tener ningún ánimo de lucro


2- Tener un fin netamente informativo educativo


3-Que el material que sirve de fuente tenga licencia del tipo copyleft


Con estas restricciones prácticamente el portal You Tube, Facebook y sus enlaces, Twitter y toda otra manera de intercambiar información quedarían eliminadas de Colombia. Es urgente que la comunidad en general usuaria de Internet participe de las discusiones y foros que se establecerán al respecto, so pena de tener que lamentarlo después mucho.


Esta legislación como está establecida parece originada para un régimen de carácter fascista como lo son China e Irán.


El ministro y sus funcionarios le han puesto la cara al asunto a través de un portal en la división de derechos de autor, pero sin expertos que transformen el lenguaje técnico y el formal legal a coloquial, entonces para la mayoría de los usuarios y foristas será letra muerta; e interactuar así en el foro es imposible. Por lo tanto desde esta tribuna se invita al señor ministro y subalternos a convertir la norma al lenguaje común con un nuevo documento que informe los alcances reales de la misma; y ahí si a invitar a participar en la búsqueda del consenso necesario para no exagerar con una normatividad desbordada y en exceso proteccionista, retirándole a la Internet su esencia misma para la que fue creada.

NOTA DEL EDITOR. Ante la publicación de la LEY LLERAS 2 se publicará un informe nuevo en este BLOG http://www.pulsodeopinion.blogspot.com/2012/04/ley-lleras-recargada-actualizacion.html

12 comentarios:

  1. Proyecto de ley penaliza descargas de videos, música y software a través de Internet.


    El proyecto de Ley “Por el cual se regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en Internet”, que fue radicado por Germán Vargas Lleras, Ministro del Interior y de Justicia, el pasado 4 de abril ante la Secretaría del Senado, establece penas de prisión de dos a cinco años y multa desde diez hasta cinco mil millones de pesos, aproximadamente, a quienes pongan a disposición a través de una red informática accesible al público: obras literarias, películas, videos, música, programas de computador, fotografías, que estén protegidas por la legislación de derechos de autor.

    Con tal propósito, el proyecto de ley adiciona un numeral al artículo 271 del Código Penal vigente, referido explícitamente a la violación de las normas de derecho de autor mediante el uso de la red informática, esto es, lo que comúnmente se conoce como piratería en Internet.
    Adicionalmente, el titular de los derechos de autor de una obra, directamente o a través de su apoderado, podrá solicitar a un juez el bloqueo o inhabilitación de un contenido específico en un sitio web si considera que está violando los derechos de autor, o la cancelación de la cuenta respectiva, entre otras sanciones.

    Según el sitio web de Vargas Lleras(http://germanvargasllerasmij.blogspot.com/): el proyecto de ley consagra obligaciones del Estado Colombiano en los TLC firmados con Estados Unidos y la Unión Europea.
    Recientemente el parlamento español aprobó -luego de una aguda controversia que involucró de modo muy activo a los usuarios e internautas a través de las redes sociales-, una ley de características similares que se conoce como Ley Sinde. Con el hashtag #nolesvotes, los internautas que masiva y enfáticamente se opusieron a la aprobación de la ley, están promoviendo a los ciudadanos no respaldar con su voto en las próximas elecciones en ese país a los candidatos de los partidos que aprobaron en el parlamento la Ley Sinde.
    Los colombianos recién estamos comenzando a conocer y a debatir este proyecto de ley, que ha sido recibido con muchas reservas por parte de algunos miembros de la comunidad tuitera ( ver el HT en Twitter #leyLleras).
    En el siguiente link se puede descargar el proyecto de ley referido; no sabemos si para descargarlo, habrá que pedirle permiso escrito a Vargas Lleras, su autor.
    http://www.slideshare.net/carobotero/proyecto-ley-isps-colombia

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  2. Carlos: Al final del comentario anterio, olvidé dejar mi nombre.
    Juan carlos Acebedo

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  3. Proyecto de ley penaliza descargas de videos, música y software a través de Internet.


    El proyecto de Ley “Por el cual se regula la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor y los derechos conexos en Internet”, que fue radicado por Germán Vargas Lleras, Ministro del Interior y de Justicia, el pasado 4 de abril ante la Secretaría del Senado, establece penas de prisión de dos a cinco años y multa desde diez hasta cinco mil millones de pesos, aproximadamente, a quienes pongan a disposición a través de una red informática accesible al público: obras literarias, películas, videos, música, programas de computador, fotografías, que estén protegidas por la legislación de derechos de autor.

    Con tal propósito, el proyecto de ley adiciona un numeral al artículo 271 del Código Penal vigente, referido explícitamente a la violación de las normas de derecho de autor mediante el uso de la red informática, esto es, lo que comúnmente se conoce como piratería en Internet.
    Adicionalmente, el titular de los derechos de autor de una obra, directamente o a través de su apoderado, podrá solicitar a un juez el bloqueo o inhabilitación de un contenido específico en un sitio web si considera que está violando los derechos de autor, o la cancelación de la cuenta respectiva, entre otras sanciones.

    Según el sitio web de Vargas Lleras(http://germanvargasllerasmij.blogspot.com/): el proyecto de ley consagra obligaciones del Estado Colombiano en los TLC firmados con Estados Unidos y la Unión Europea.
    Recientemente el parlamento español aprobó -luego de una aguda controversia que involucró de modo muy activo a los usuarios e internautas a través de las redes sociales-, una ley de características similares que se conoce como Ley Sinde. Con el hashtag #nolesvotes, los internautas que masiva y enfáticamente se opusieron a la aprobación de la ley, están promoviendo a los ciudadanos no respaldar con su voto en las próximas elecciones en ese país a los candidatos de los partidos que aprobaron en el parlamento la Ley Sinde.
    Los colombianos recién estamos comenzando a conocer y a debatir este proyecto de ley, que ha sido recibido con muchas reservas por parte de algunos miembros de la comunidad tuitera ( ver el HT en Twitter #leyLleras).
    En el siguiente link se puede descargar el proyecto de ley referido; no sabemos si para descargarlo, habrá que pedirle permiso escrito a Vargas Lleras, su autor.
    http://www.slideshare.net/carobotero/proyecto-ley-isps-colombia

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  4. Aquí el asunto NO es atentar contra los Derechos de Autor, sino que tampoco se puede satanizar el libre acceso a Internet desde cualquier computador; la mayoría de estos accesos son para labores educativas, laborales y de cultura general. El debate se tiene que dar para que esta ley NO se convierta en un arma de censura....

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  5. http://yoamocolombia.blogspot.com/2011/04/en-contra-de-german-vargas-lleras-y-su.html
    ESO LO DICE TODO. VER PARA ENTENDER

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  6. @German_Vargas venía e iba bien, pero se descarriló tratando de ser más legalista y moralista que el mismísimo Papa. Cambiando, se que en gran parte la culpa es de sus asesores copiones como los que le hicieron el otro proyecto de Código General del Proceso que está muy por debajo del actual Código de Procedimiento Civil: esa platica en asesores se perdió. La libertad que perfuma la tierra colombiana no puede ser pisoteada a punta de leyes pro TLC ( @marinogiraldo )

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  7. Compartir es vivir, o…. quedarse con menos!. NO a la #leylleras http://bit.ly/i55X12

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  8. Colombia: Internautas se manifiestan sobre #LeyLleras de derechos de autor http://t.co/yD6AUxr vía @gvenespanol Un proyecto para revisar

    Hugs!!

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  9. LEY SOBRE DERECHOS DE AUTOR O EN COLOMBIA LEY LLERAS
    http://www.youtube.com/watch?v=MlK1K1gNEO8

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