lunes, 28 de marzo de 2011

LIBERTAD DE OPINIÓN Y LIBRE EXPRESIÓN

¡CÁLLATE!

Dos conceptos con raíces etimológicas y semánticas  parecidas, pero que en sus fundamentos mas que ser sinónimos se asisten  el uno al otro; la expresión como manifestación gesticulada o verbal que se vale de las ideas o de la razón para construir juicios y opiniones  sobre alguien o algo. Hoy en día coartadas ambas por la censura y cortapisas que establecen las legislaciones de las naciones, fundamentadas en los estilos de régimenes tanto de derecha como de izquierda, y a pesar de estar amparados como un derecho fundamental por el artículo 19 de la declaración universal de los derechos humanos de 1948.

 

Y respaldada de manera muy significativa por la primera enmienda   de la constitución de estados Unidos (que protege los derechos a la libertad de religión y a la libertad de expresión sin interferencia del gobierno), adición elaborada en 1791, pocos años después de promulgada esta constitución; y hablo de este respaldo porque mucha normatividad  mundial al respecto se ha reflejado o transcrito a partir de esta reforma Norteamericana.

 

Actualmente estos conceptos de la libertad de expresión y de opinión están nuevamente sufriendo de limitaciones significativas, que resultan preocupantes cuando se originan en el país con el mayor poder militar y mediático del mundo, nación que  había promulgado la famosa enmienda y que ahora este 11 de marzo pasado a través de una decisión judicial efectuada por la juez Teresa Carroll Buchanans, se falla en oposición  a estas libertades, pues su decisión fue en contra de la intimidad de tres usuarios de twitter, a los que el departamento de Justicia Norteamericano investiga por estar vinculados con el portal Wikileaks. Esta situación no sería tan trascendental salvo que para la legislación de estados Unidos, una vez se autoriza la apertura de la privacidad de un usuario por acción judicial en sus cuentas de redes sociales y de correo, se establece un precedente legal o jurisprudencia aplicable a partir de la sentencia en firme,  a otros casos no regulados, en otras palabras a partir de este veredicto, cualquier ciudadano del mundo con cuenta en twitter puede ser investigado por el gobierno de USA bajo la autorización expedida por la autoridad competente, además  el dictamen compromete las cuentas personales de correos electrónicos y otras redes sociales de los usuarios.  Esta decisión es una de las más peligrosas violaciones a la libre opinión y la libre expresión que se está ejecutando en la actualidad ante los desprevenidos ojos de toda la comunidad mundial.

 

Las compañías que manejan las redes sociales más importantes y los correos más numerosos en cuanto a cantidad de usuarios, son empresas constituidas en Estados Unidos y registradas bajo sus leyes. Por fortuna existen en ese país dos organizaciones que son respectivamente la Unión Americana de Libertades Civiles y la Fundación de la Frontera Informática, que apersonándose del caso se han constituido como parte del panel de abogados y constitucionalistas para apelar este controversial fallo, adicionándose a los abogados de Twitter y de los directos implicados en el caso. Esta apelación se realizó el viernes 25 de marzo ante un tribunal de instancia superior al que emitió la sentencia inicialmente y se espera que el recurso sea resuelto el día 22 de abril próximo.

 

Toda esta contienda legal complementariamente da aliento a las autoridades de otros países para coaptar normas y condenar legalmente al silencio a las personas, por temor a las represalias jurídicas.

 

En nuestro país en donde la normatividad de privacidad electrónica es muy ingenua aun, deberemos seguir atentamente el desenvolvimiento de este caso, para no ser estigmatizados por comentarios laxos  y desproporcionados que a veces realizamos contra personas e instituciones, convencidos de la privacidad y poco alcance de estas observaciones.

 

Finalizo recordando a los lectores que sin la habilidad de opinar libremente, de denunciar las injusticias y clamar por la realización de cambios, estamos todos condenados al despotismo. Sintetizado por la declaración conjunta realizada por Frak La Rue, Relator Especial de la ONU, para la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión y Catalina Botero Merino, Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.  El derecho de acceso a la información en poder de autoridades públicas es un derecho humano fundamental sometido a un estricto régimen de excepciones.  Se trata de un derecho particularmente importante para la consolidación, el funcionamiento y la preservación de los sistemas democráticos;  y resulta contrario a los estándares internacionales considerar información reservada o clasificada la referente a la violación de derechos humanos.

2 comentarios:

  1. Yo sumaría otro ejemplo, la censura a Google por parte de China....y las restricciones a internet por parte del régimen de Hugo Chavez en Venezuela.

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  2. Carlos: el grave caso judicial que comentas sobre el fallo de un juez que ordena a Twitter a entregar información privada, datos personales de algunos usuarios de sus cuentas a quienes se vincula con labores de apoyo a Wikileaks, se añade a otros hechos e informes que de conjunto van cofigurando un clima de obturación progresiva de las libertades individuales y colectivas en el mundo. Mientras Internet y las redes sociales extienden y amplían en la práctica el acceso a la información y la posibilidad de divulgar la libre opinión personal, actúan contratendencias que se empeñan en cerrar y obturar los intersticios que han abierto esa inédita alianza entre usuarios y nuevas tecnologías.
    Algunas de esas contratendencias las lideran los propios Estados y regímenes políticos (las #chuzaDAS en Colombia bajo el Uribato, la desconexión de todo Egipto durante varios días a Internet bajo Mubarack, la creación de software espías para manipular las redes sociales por parte del ejército de USA, los restricciones a Internet en varios países del Mundo ( entre ellos China).
    Otras surgen de algunas grandes industrias culturales y de la comunicación, que promueven leyes como la ley Sinde en España, para restringir el uso libre de internet con el pretexto de la defensa de los derechos de propiedad intelectual y el freno a la piratería.

    Nadie tiene la bola de cristal para saber a ciencia cierta qué tendencia prevalecerá; son muchos los factores implicados y los intereses en pugna.
    Pero de nuestra parte, como ciudadanos y como usuarios de Internet y las redes sociales, debemos hacer causa común por la defensa de las libertades de opinión, expresión, por el derecho más general a la comunicación, y por lo que algunos llaman la preservación de la "neutralidad" de la red.

    En este sentido, el post que publicas hoy lleva agua al molino de ese bello propósito compartido.
    Juan carlos Acebedo

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